Noviembre 22, 2024

El vicepresidente del BPS, Daniel Graffigna, en diálogo con Comunicación Presidencial, este miércoles 14 de julio, señaló que más de 1.700.000 personas participarán de las elecciones sociales, que son de carácter obligatorio y se realizarán el 28 de noviembre.

Según detalló el jerarca, los trabajadores, jubilados y pensionistas extranjeros que no dispongan de credencial cívica y estén habilitados a votar en alguno de los órdenes deberán ingresar su domicilio a través del número de Whatsapp 092 366 272 o de la página web del BPS, para que la Corte Electoral les asigne un circuito. Quienes no concurran deberán abonar una multa de igual valor que la sanción por no participar en las elecciones nacionales.

En cuanto a las empresas pluripersonales, Graffigna expresó que deberán designar un representante para el acto eleccionario ingresando los datos en el formulario ubicado en la página web del organismo, antes de este viernes 16 de julio. Explicó que, sin este requisito, las empresas no podrán participar y serán pasibles de multas que oscilarán entre las 6 y las 20 unidades reajustables, según la cantidad de empleados.

Desde el BPS, se indicó que no es necesario que los jubilados, pensionistas, trabajadores uruguayos ni las empresas unipersonales ingresen sus datos porque ya se encuentran inscriptos en el padrón. En este caso, la Corte Electoral publicará, previo a la elección, los listados correspondientes a cada orden. Además, los mayores de 75 años están eximidos de concurrir, al igual que las personas que reciben una prestación del organismo referida a alguna incapacidad.

El titular del Banco de Previsión Social (BPS), Hugo Odizzio, dijo que desde el lunes 24 el organismo ampliará parcialmente la presencialidad, en una veintena de nuevos servicios vinculados a prestaciones y beneficios a trabajadores y empresas. Asimismo, recordó que ese día comienza a regir la ley n.º 19.942, que prevé medidas para mitigar, en pequeñas y medianas empresas, los efectos de la emergencia sanitaria.

Odizzio adelantó, en entrevista con Comunicación Presidencial, que el directorio del organismo resolvió establecer nuevos servicios esenciales a partir del lunes 24, por lo que decidió ampliar la nómina de servicios disponibles en modalidad presencial, incluidos aquellos para contribuyentes y los vinculados a prestaciones y beneficios para afiliados.

Recordó que el 23 de marzo el Consejo de Ministros determinó la restricción de las actividades presenciales en las oficinas públicas, por lo que el BPS estableció que se disminuyera la atención al público, y se mantuvieran los trámites de préstamos a los pasivos y los de pensión en caso de viudez, por considerarlos imprescindibles.

Los servicios vinculados a prestaciones y beneficios que se realizarán en modalidad presencial comprenden: solicitud y renovación de préstamos y de pensiones por sobrevivencia, consulta por trámites de subsidio por desempleo o enfermedad, solicitud de asignaciones familiares, Plan de Equidad, solicitud de jubilación por imposibilidad física y jubilación común con cese de actividad laboral, solicitud de pensión por invalidez y vejez, evaluación médica y de incapacidad, vista de dictámenes médicos y de reintegro del subsidio por enfermedad, solicitud y renovación de ayudas extraordinarias.

Asimismo incorporan: presentación de poderes de cobro y autorizaciones de pago a pacientes de COVID-19, solicitud y reclamo del programa de soluciones habitacionales y entrega de viviendas, solicitud de asistentes personales, de licencia maternal y por adopción, toma de declaración a testigos, atención por gestiones de afiliación mutual, odontológica de emergencia en centros de promoción social y de salud, fiscalización de prestaciones ante casos de fraude.

El jerarca mencionó que para todas las gestiones presenciales de prestaciones se requiere agendarse previamente.

En tanto, los servicios vinculados a empresas que se habilitan son: firma de convenios para retención de jubilaciones de no dependientes, asesoramiento y firma de convenios por regularización de deudas, atención de empresas, sin dependientes, por falta de nóminas más de tres meses seguidos, tramitación de certificados especiales, recepción de declaraciones juradas de no pago de empresas no obligadas a tener firma electrónica, notificación y gestión de cobro.

Odizzio señaló que la reapertura alcanza a todo el territorio nacional, en el entendido de que aun las dotaciones mínimas del BPS en el interior pueden resolver muchos de estos trámites. Agregó que también está previsto el reintegro de personal en Montevideo y en el interior del país, aunque en un número limitado y cumpliendo con los aforos y las medidas de prevención determinadas por las autoridades sanitarias.  

Las jubilaciones y pensiones que se pagaban en el edificio sede del BPS, en Montevideo, continuarán abonándose en cualquier local de las redes habilitadas a esos efectos. Las personas que tenían agendado su trámite entre los días 25 de marzo y 21 de mayo deberán reagendarlo en el sitio web <www.bps.gub.uy> o por teléfono, al número 0800 2001, desde el lunes 24, inclusive.

Nueva ley de facilidades para pymes y monotributistas

El titular del BPS manifestó, en otro orden, que el lunes 24 comienza a aplicarse la ley n.º 19.942, que refiere a un paquete de medidas para mitigar el impacto económico como consecuencia de la emergencia nacional sanitaria por la COVID-19.

Explicó que el referido marco normativo prevé una exoneración del 50% de los aportes jubilatorios patronales a la seguridad social para las pequeñas y medianas empresas (pymes) con un promedio de hasta 19 trabajadores dependientes y cuyos ingresos en el último ejercicio cerrado, antes de la vigencia de la presente ley, no superen los 10 millones de unidades indexadas (UI), devengados entre enero y junio de 2021. Esa exoneración fue reconocida como un crédito fiscal en los casos en que ya habían sido abonados, acotó.  

En otro de los artículos, se establece una exoneración del 50% de los aportes jubilatorios patronales que se originen entre enero y junio del presente año a una nómina de sectores de la actividad que incluye: transporte escolar, cantinas escolares, organización y realización de fiestas y eventos, congresos o ferias nacionales e internacionales, agencias de viaje, transporte terrestre (excursiones), concesionarias de aeropuertos, empresas de transporte aéreo y fluvial, salas de cine y distribuidoras cinematográficas, establecimientos hoteleros y restaurantes.

También se prevé un régimen muy beneficioso para los monotributistas, además de la posibilidad de que, por dos meses de inactividad, se proceda a darles la baja de forma automática sin generar deudas, un régimen que hasta ahora solo gozaban los monotributistas del Ministerio de Desarrollo Social (Mides), expresó el jerarca.

Odizzio citó el convenio de la ley de facilidades, que abarca todos los contribuyentes del BPS con adeudos por aportes impagos patronales y de sus trabajadores entre mayo de 2018 y marzo de 2021, que podrán financiar mediante herramientas que simplifican el pago. 

Ver comunicado BPS

La Dirección General Impositiva (DGI) y el Banco de Previsión Social (BPS) anunciaron la aplicación de facilidades de pago en aportes patronales, personales y monotributistas, según lo indica la ley 19.942. La DGI también asignará exoneraciones a las multas, recargos e intereses de las financiaciones. El subsecretario de Economía, Alejandro Irastorza, dijo que el objetivo es mitigar dificultades y otorgar liquidez.

Además del subsecretario Alejandro Irastorza, estuvieron presentes en la conferencia, este 5 de mayo en la sede del BPS, el presidente de ese organismo, Hugo Odizzio; la directora General de Rentas, Margarita Faral; el subdirector general de la Dirección General Impositiva (DGI), Daniel Laffitte, y la directora técnica de Asesoría Tributaria y Recaudación del BPS, Liliana Mella.
 

Irastorza destacó que las facilidades se plasmaron en la ley 19.942, normativa que detalla nuevas medidas para mitigar el impacto económico ante la emergencia nacional sanitaria por COVID-19. En sus artículos 5, 6, 7 y 10, se mencionan las facilidades que aplica el BPS sobre aportes patronales, personales, monotributistas y también los que la DGI llevará adelante en casos de adeudos tributarios de las distintas modalidades de empresas. La ley fue creada para mitigar dificultades y otorgarle liquidez a las empresas que lo necesiten.

Por su parte, Faral dijo que, en el caso de la DGI, entre los beneficios que menciona dicha ley, se encuentra la exoneración de multas y recargos, y un tratamiento diferenciado en los intereses de financiación.
 
En tal sentido, explicó que las multas tributarias habitualmente son del 5% para aquellos contribuyentes cuya fecha de pago de impuestos está dentro de los cinco días siguientes al vencimiento; un 10% para quienes pagan dentro de los 90 días posteriores a la fecha en que venció su correspondiente plazo y un 20% para quienes pagan más tarde. En el caso de los responsables, las multas pueden llegar a ser del 100%.
 
“Esto es lo que se está exonerando con la ley 19.942, por lo cual puede llegar a ser muy interesante para los contribuyentes que hagan uso del beneficio”, señaló Faral, y adelantó que podrán ampararse a este convenio los contribuyentes de la DGI que sean empresas o personas físicas y también los responsables, en atención al contexto especial por pandemia.
 
También se podrán amparar a los beneficios los agentes de retención, agentes de percepción, responsables sustitutos, entre ellos las empresas, por la retención que hacen a sus empleados del impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF) o los responsables de obligaciones tributarias de terceros. Las deudas comprendidas en el beneficio son todas aquellas que correspondan a sujetos pasivos y cuya fecha de vencimiento haya transcurrido antes del 28 de febrero pasado.
 
Asimismo, serán incluidas en este régimen especial las infracciones tributarias, como multas o multas por contravención, entre otras opciones. El plazo para presentarse comenzó el 1.º de mayo y vence en febrero de 2022. Las solicitudes se están tramitando y verificando, además, se firman convenios. El trámite se puede realizar por Internet, en la opción convenios del sitio web de la DGI.
 
A su turno, Odizzio resumió que la ley apunta a subsanar adeudos que se han generado por la situación de pandemia, en los cuales están involucrados las pequeñas empresas y los monotributistas. Explicó que, para las empresas restantes se contempló un régimen diferencial, que permite postergar el pago de los aportes patronales hasta dentro de 12 meses. “Las multas personales se financian en 72 meses, en lo que respecta a ajustes y recargos, y los aportes patronales en 60 meses, porque contemplan ese período de gracia”, dijo.
 
El directorio del BPS aprobó por unanimidad que la firma de convenios para aplicar estas facilidades pueda regir a partir del 20 de mayo. También aceptó que “aquellas empresas que requieren el certificado de estar al día para acceder a los préstamos garantizados por el fondo SIGA puedan entregar un pago a cuenta con algún documento que permita diferir hasta finales de este mes el pago del convenio, y así poder llevarse su certificado”, concluyó el jerarca.

El panel “BPS en cifras” incluye información e indicadores sobre las principales prestaciones que brinda la institución a activos y pasivos e ingresos relacionados con empresas y cotizantes. “Es importante contribuir a la transparencia activa con información del sistema, tema en el que el Gobierno pone mucho énfasis”, afirmó el presidente del Banco de Previsión Social, Hugo Odizzio, en la presentación de la plataforma.

En la actividad, realizada este martes 23 en el Centro de Estudios en Seguridad Social, Salud y Administración del BPS, participaron, además de Odizzio, la gerenta de la Asesoría General de Seguridad Social, Adriana Scardino, el gerente general del BPS, Luis Repetto, e integrantes del directorio y el equipo de desarrollo de este trabajo.

Odizzio recordó que la reforma de la seguridad social forma parte de la agenda pública, por lo cual los datos y cifras están disponibles en el sitio web de la institución, con el objetivo de ofrecer, a investigadores y público en general, las principales variables del sistema, incluidos los programas y datos específicos de todos los departamentos de Uruguay.

El panel de datos presenta la información más relevante en forma consolidada y amigable para el usuario e incluye 116 indicadores relacionados con las principales prestaciones que otorga el organismo. Para ello, fueron seleccionadas una serie de variables nacionales y departamentales, así como un panel especifico enfocado en el régimen previsional administrado por el BPS.

La plataforma contiene todos los datos de los recursos que el BPS recauda en forma directa, recibidos desde Rentas Generales o impuestos afectados, y de los programas de cobertura de prestaciones, como jubilaciones, pensiones y subsidios, precisó el jerarca, quien expresó que se actualizará en forma semanal.

“La información es una forma de ejercer ciudadanía, cuando (esta) está informada puede comprender los efectos de las decisiones que toman los gobernantes”, indicó Odizzio, a la vez que valoró la posibilidad de que el sector empresarial pueda, por ejemplo, conocer el nivel de actividad por departamento en función de la población y las empresas cotizantes.

A partir de gestiones entre el Banco de Previsión Social (BPS) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el pago de las pasividades de jubilados y pensionistas correspondientes al mes de marzo se adelanta: en lugar de comenzar el 6 de abril, iniciará el 29 de marzo. La medida beneficiará a 600.000 personas, informó el presidente del organismo, Hugo Odizzio, a Comunicación Presidencial.

El jerarca explicó que la medida responde a la necesidad de los jubilados y pensionistas de contar con sus haberes desde los primeros días del mes a fin de cubrir todas las necesidades de su vida cotidiana.

Para la concreción de la medida, se realizaron gestiones ante el MEF para el adelanto de los fondos necesarios para el pago, que, como reiteró Odizzio, se iniciará el 29 de marzo a los 600.000 jubilados y pensionistas del país.

Quienes cobran a través del sistema bancario accederán a sus haberes el sábado 27 de marzo, indicó, y agregó que los pagos finalizarán el 10 de abril.

El calendario fijado por el organismo establecía que el cobro de las pasividades se realizaría a partir del 6 de abril, luego de la Semana de Turismo.

Odizzio recordó que las fechas de los pagos correspondientes a febrero, que se abonan los primeros días de marzo, permanecen sin cambios. Comienzan el martes 2 de marzo para quienes cobran por el banco y a partir del jueves 4 en los locales de las redes de cobranza de todo el país.

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