Septiembre 21, 2024

La gestión de residuos es un tema central en la agenda del Ministerio de Ambiente y será abordado con las intendencias y los municipios de todo el país, anunció el subsecretario de esa cartera, Gerardo Amarilla, al participar este viernes 23 en una jornada de limpieza de playas en la Barra de Carrasco. En la actividad, organizada por la representación de la Unión Europea en Uruguay, también estuvieron presentes estudiantes.

La jornada, que busca promover la concientización sobre la gestión de residuos, reunió a más de cien alumnos de tres colegios metropolitanos y coincidió con acciones similares desarrolladas en 80 ciudades con costas al mar.

“Tenemos que ser autocríticos de que los uruguayos no tenemos una buena gestión de residuos y que todos aquellos que son desechados en ríos, arroyos y cañadas terminan en el mar y se constituyen en elementos contaminantes que afectan el ecosistema”, expresó Amarilla, en diálogo con Comunicación Presidencial, tras participar de la jornada de limpieza de playas, junto con el embajador de la Unión Europea, Karl-Otto König.

Desde el nuevo ministerio se trabaja en la organización de una actividad ambiental internacional, que se realizará en noviembre, con participación de las intendencias y organizaciones de la sociedad civil. Es necesario avanzar en educación ambiental, el reciclaje de residuos y la mejora de la gestión, acciones que se desarrollarán con los Gobiernos subnacionales, cuyas autoridades asumirán el 27 de noviembre, indicó.

Para König, la jornada de limpieza de playas desarrollada en la Barra de Carrasco, en el límite entre Montevideo y Canelones, constituye una acción simbólica para preservar el cuidado del agua. A fin de lograrlo, hay que implementar un cambio cultural mediante la reutilización de los productos plásticos, señaló.

El Proyecto de Residuos Electrónicos en América Latina, presentado este miércoles 14, apunta a proteger el ambiente de los residuos peligrosos, recuperar materias primas y proporcionar productos restaurados, lo que extiende su vida útil. Uruguay consume 50.000 toneladas de dispositivos electrónicos por año y 37.000 de ellas se convierten en residuos, por lo que el Ministerio de Ambiente apunta a generar una gestión unificada.

La mesa de apertura de la actividad, realizada este miércoles 14 en el Parque Tecnológico del Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU), estuvo integrada por el ministro de Ambiente, Adrián Peña, y el representante de la Oficina Regional de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (Onudi) para Argentina, Chile, Paraguay y Uruguay, Manuel Albaladejo.

En la ley n.º 19.829, relativa a la gestión integral de residuos, se clasifica a este tipo de desechos como especiales, por lo que les corresponde una gestión independiente de los de otro tipo, indicó. Asimismo, señaló que se trabaja en la reglamentación de esta normativa.

En referencia a la disposición final de este tipo de dispositivos, el secretario de Estado recordó que, por el momento, no se cuenta con un sitio especial para ello y que el tema es abordado en algunos departamentos. “Queremos darle un rumbo nacional, hay que buscar la revalorización de estos productos, darles un uso social con donaciones, y, por otro lado, repararlos y crear un mercado de usados”, expresó.

Albaladejo explicó que, en el mundo, los residuos electrónicos representan unos 50.000 millones de toneladas. América Latina genera el 7% de ellos. En cuanto al consumo, Uruguay y Chile están por encima de la media de la región, con 6,6 kilos per cápita de generación de residuos eléctricos y electrónicos.

El proyecto de la Onudi asiste a 13 países latinoamericanos, tanto técnica como financieramente, y los asesora en políticas y regulaciones de residuos electrónicos, tecnologías de gestión adecuadas, modelos de negocios, creación de capacidad y sensibilización. Las naciones participantes son Argentina, Bolivia, Chile, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, Perú, Uruguay y Venezuela.

En el decretado del Poder Ejecutivo, que reglamenta la gestión ambientalmente adecuada de lámparas y otros residuos con mercurio, se considera responsable del manejo y disposición final de esos productos a toda persona física y jurídica, pública o privada, tenedora de artículos que contengan ese metal. Las sanciones podrán alcanzar hasta las 10.000 unidades reajustables (UR), que equivalen a casi 11 millones de pesos.

El reglamento anunciado se aplicará a las lámparas fluorescentes compactas, lámparas fluorescentes lineales (tubos fluorescentes), lámparas de vapor de mercurio a alta presión, lámparas fluorescentes de cátodo frío, lámparas fluorescentes de electrodo externo, lámparas de alta descarga, termómetros y esfigmomanómetros.

La normativa engloba al mercurio elemental y sus compuestos. Las personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas, tenedoras de artículos que contengan mercurio son responsables de su adecuado manejo y tratamiento y, en su caso, de la disposición final de sus residuos de manera que no se afecten el ambiente.

En caso de detectar infracciones, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente tendrá la potestad de aplicar multas. Si las infracciones son leves (que impliquen únicamente incumplimientos administrativos), la multa será de entre 10 y 1.000 unidades reajustables (UR), ante infracciones consideradas leves pero cuyas consecuencias van más allá de un mero incumplimiento administrativo, la multa será de entre 100 y 5.000 UR, y para las infracciones consideradas graves, el costo oscilará entre las 200 y 10.000 UR.

El monto de la multa será establecido en cada caso en función de la magnitud de la infracción, el volumen y tipo de residuos y sus consecuencias ambientales, así como los antecedentes del infractor. Las infracciones podrán pasar de leves a graves en función del grado de apartamiento de las obligaciones establecidas en este decreto, así como de los antecedentes administrativos de los involucrados. La reiteración de infracciones leves se computará como grave.

Queda prohibido, a partir de seis meses, contados desde la fecha de publicación del presente decreto, la importación, fabricación, armado o ensamblado de todos los artículos alcanzados por el presente reglamento y que además reúnan las características que se establecen en la Parte I del Anexo A del Convenio de Minamata sobre el Mercurio, aprobado por la ley n.° 19267, del 12 de setiembre de 2014.

También se prohíbe a partir de un año, contado desde la fecha de entrada en vigor de la prohibición de importación establecida en el inciso anterior, la enajenación de los mismos artículos. La vigencia de la prohibición de enajenación en ningún caso será posterior al 31 de diciembre de 2019.

Las infracciones al presente decreto serán sancionadas por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente  a través de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, según lo establecido en el artículo 6.º de la ley n.° 16112, del 30 de mayo de 1990, y en el artículo 15 de la ley n.° 17283, del 28 de noviembre de 2000.

Las infracciones serán aquellas acciones que afecten al ambiente, incluida la salud, por el inadecuado manejo de los artículos y residuos alcanzados en esta norma, así como no haber adherido a un plan de captación posconsumo en caso de que se hayan importado, fabricado o comercializado estos productos.

También se considerará grave entregar o gestionar los residuos a operadores no autorizados por parte de importadores, fabricantes o usuarios y consumidores especiales. Presentar información falsa a la Administración u obstaculizar la labor de contralor de la Dirección Nacional de Medio Ambiente será catalogada como una infracción.

En cumplimiento del Decreto N° 387/2011, del Poder Ejecutivo se
comunica que el titular de Radio Carmelo es el Sr. Ramiro Lobecio
Pineda.


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