El Poder Ejecutivo aprobó un decreto que prohíbe la realización de carreras de perros en todo el territorio nacional. Para controlar el cumplimiento de la normativa, la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal actuará de oficio o en respuesta a denuncias de particulares. Asimismo, el Gobierno envió un proyecto de ley al Parlamento para mejorar la legislación en la materia.
En defensa de una política de protección de la vida y el bienestar de los animales, así como de una tenencia responsable, el Poder Ejecutivo elaboró un proyecto de ley que prohíbe la realización de carreras de perros, cualquiera sea su raza, en todo el país. Las organizaciones protectoras de animales impulsaron esta normativa, que hoy es tendencia mundial, y son pocos los países que permiten esta actividad.
Por otra parte, el Poder Ejecutivo aprobó un decreto, el pasado 26 de diciembre, que prohíbe estas carreras en todo el territorio nacional. A los efectos del cumplimiento de la normativa, la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal actuará de oficio o ante una denuncia de particulares y procederá a confiscar los animales utilizados para las carreras, sin perjuicio de la imposición de las demás sanciones dispuestas en el artículo 22 de la ley n.º 18471, del 27 marzo de 2009.
Desde diciembre y hasta la segunda quincena de abril se prohíbe, en todo Uruguay, la realización de fuegos y quemas en zonas al aire libre sin autorización. El Sistema Nacional de Emergencias (Sinae) recuerda que la imprudencia, el descuido y la intencionalidad son conductas penadas por ley y exhorta a la población a mantener limpios los predios y extremar los cuidados con los fuegos artificiales.
El Sinae comunicó la aplicación del decreto n.º 436/007, que cuenta con un plan general de acción para la prevención, alerta y respuesta a los incendios forestales, obliga al mantenimiento de predios y exhorta a todas las personas extremar el cuidado en el uso de fuegos artificiales.
El incendio es un delito con una carga penal de entre 12 meses de prisión y 16 años de penitenciaría, recuerda. Por otra parte, el artículo 2.º de la ley n.º 15896 establece que las multas se graduarán, según su gravedad, con entre 10 y 200 unidades reajustables. Finalmente, Sinae advierte que el artículo 90 del Código Rural determina que el que hace quemazón de campos está obligado a la “reparación de todos los daños y perjuicios que ocasionare”.
A modo de prevención, comenzaron las tareas de mantenimiento de cortafuegos y limpieza de predios. Además, se realizarán vuelos regulares de vigilancia en los meses de aplicación del decreto y se trabaja en forma permanente con la Dirección Nacional de Bomberos y con las Secciones de Apoyo a Emergencias del Ejército Nacional.
Por otra parte, la maquinaria para el combate de incendios forestales y de campo (chipeadoras, motosierras, minicargadoras) donada por el gobierno de la República Popular de China en 2017 incluyó equipamiento informático y de telefonía celular para los Centros Coordinadores de Emergencia Departamental (Cecoed). Como en años anteriores, la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev) y la Junta Nacional de Drogas (JND) apoyan la prevención.
El Poder Ejecutivo decidió suspender por dos años la caza deportiva de patos, luego de que varias organizaciones reclamaran por el incremento de permisos para la caza de patos.
El decreto, firmado el jueves por la presidenta en ejercicio Lucía Topolansky, suspende durante dos años el otorgamiento de autorizaciones para la caza de Pato cara blanca (Dendrocygna viduata), Pato maicero (Anas geórgica) y Pato picazo (Netta peposaca).
Durante ese período, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente realizará "los estudios poblacionales necesarios para la revisión de la lista de especies de patos habilitadas para la caza deportiva, así como para el ajuste de las cuotas de caza autorizadas para ello".
La caza deportiva de estas especies había alertado a la organización Coendú, que realizó una investigación que concluye que varias estancias y empresas violan la normativa, ofreciendo paquetes de caza de especies prohibidas o no respetando las normas en aquellas que permiten la caza deportiva.
"Ante el conocimiento por medio de vecinos y guías contratados por las propias empresas de que esta actividad se realizaba con muchas irregularidades y sin respetar las leyes vigentes, nuestra organización decidió llevar adelante una investigación al respecto. La misma consistió en explorar veinte importantes empresas y estancias de turismo cinegético (de caza), las cuales comprenden sin riesgo a equivocarnos, la casi totalidad del turismo cinegético de patos en Uruguay", indica un comunicado de Coendú.
Un comunicado de la Dirección Nacional de Medio Ambiente indica que la normativa sobre la caza de patos está siendo revisada desde el año pasado. La duplicación de los permisos de caza otorgados originó la preocupación del organismo "por la posible afectación de las especies de patos de caza permitida".
El relevamiento que realizará la Dinama procurará generar información que permita "asegurar que la afectación a las poblaciones silvestres producto de la caza no ponga en riesgo su supervivencia".
En cumplimiento del Decreto N° 387/2011, del Poder Ejecutivo se
comunica que el titular de Radio Carmelo es el Sr. Ramiro Lobecio
Pineda.
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